Medi-Cal para personas con estatus migratorio insatisfactorio

Renueve su Medi-Cal para mantener su cobertura.

Los cambios recientes en la política federal afectarán a los miembros de Medi-Cal con estatus migratorio insatisfactorio (unsatisfactory immigration status, UIS). Si ya tiene Medi-Cal, la mejor forma de mantener su cobertura es renovarla a tiempo. Esté atento a su correo electrónico para cuando reciba su paquete de renovación y complételo de inmediato.

Congelamiento de la inscripción para miembros mayores de 19 años con UIS

A partir del 1 de enero de 2026

 

Si pierde su Medi-Cal y necesita volver a solicitarlo, es posible que no obtenga todos los beneficios de nuevo si tiene un UIS. Esto significa que podría perder el acceso a citas médicas regulares, revisiones y atención de especialistas.

  • Los niños menores de 19 años todavía pueden recibir la cobertura completa de Medi-Cal si califican, sin importar su estatus migratorio.
  • Si ya tiene cobertura completa de Medi-Cal y todavía cumple con los requisitos de elegibilidad, mantendrá la cobertura sin importar su estatus migratorio, pero solo si la renueva a tiempo.
  • Para obtener más información sobre el estatus migratorio y Medi-Cal, visite el DHCS website.

Beneficios dentales

A partir del 1 de julio de 2026

 

Los miembros de Medi-Cal adultos que tengan un UIS ya no tendrán beneficios dentales.

  • La atención dental de emergencia (como el tratamiento para dolor o infecciones graves y extracciones de dientes) seguirá siendo cubierta para todos, sin importar su estatus migratorio.
  • Si está embarazada y tiene un estatus migratorio insatisfactorio, seguirá recibiendo beneficios dentales completos durante su embarazo y hasta un año después de que éste termine.

Primas mensuales

A partir del 1 de julio de 2027

 

Ciertos miembros adultos de Medi-Cal (de 19 a 59 años de edad) que tienen un UIS deben pagar $30 al mes para mantener su cobertura completa de Medi-Cal.

 

Están incluidos, entre otros:

  • Los titulares de tarjeta verde que no están exentos del periodo de espera de cinco años y que llevan menos de cinco años con el estatus de residentes permanentes.
  • Las personas PRUCOL (p. ej., con estatus de protección temporal o estatus de refugiado).
  • Personas sin estatus migratorio, pero que actualmente cumplen los requisitos de las extensiones anteriores de Medi-Cal.
  • Personas inscritas a través de un programa de asistencia a víctimas de tráfico o delitos.
  • Inmigrantes que se encuentran legalmente en el país, mayores de 20 años y que no están embarazadas.

 

Si no se pagan las primas, la cobertura se reducirá a los servicios de emergencia y de embarazo únicamente.

 

Le daremos más información en cuanto esté disponible.