Cambios en las Políticas de Medi-Cal

Descripción general

Con los cambios recientes en la política federal, queremos asegurarnos de que conozca cómo puede verse afectada su cobertura de atención médica. Desde el intercambio de datos hasta las actualizaciones a las primas, en estas preguntas frecuentes tratamos muchos temas importantes.

Actualizaremos esta página tan pronto como tengamos información nueva. Su salud, seguridad y privacidad son nuestra prioridad, así que comuníquese con nosotros si tiene alguna pregunta. Estamos aquí para apoyarle lo mejor que podamos.

 

Actualizado: 1.º de agosto de 2025

Privacidad e intercambio de datos

Los cambios recientes en la política federal significan que el Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security, DHS) de EE. UU. puede utilizar la información de los datos de inscripción en Medi-Cal con fines de control de inmigración.

 

El Departamento de Servicios de Atención Médica (Department of Health Care Services, DHCS) de California está obligado por la ley federal a enviar la información de inscripción en Medi-Cal al gobierno federal. IEHP no controla ni autoriza este intercambio de datos, y seguimos comprometidos con proteger la privacidad de nuestros miembros en la medida en que lo permita la ley.

No. IEHP no comparte ninguna información de los miembros con las agencias de control de inmigración como el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (Immigration and Customs Enforcement, ICE) o la Patrulla Fronteriza. La privacidad del miembro es muy importante para nosotros.

Cada mes, el Departamento de Servicios de Atención Médica (DHCS) de California envía la información de inscripción en Medi-Cal al gobierno federal, según lo exigido por la ley. Este intercambio de datos se lleva a cabo a nivel federal y no está controlado ni autorizado por IEHP ni el estado de California.

Los médicos, especialistas y planes de salud como IEHP están obligados por ley a proteger su información médica personal, la cual puede incluir su estatus migratorio si forma parte de su expediente médico. En general, IEHP no comparte esta información con las autoridades de inmigración ni con las fuerzas del orden público.



Existen situaciones muy limitadas en las que la ley puede requerir que IEHP comparta cierta información, por ejemplo, si recibimos una orden judicial válida. En esos casos inusuales, cumplimos todas las leyes de privacidad y solo proporcionamos la información requerida por la ley.

 

Si tiene inquietudes acerca de su privacidad o de cómo se utiliza su información, comuníquese con Servicios para Miembros de IEHP para obtener más información. Tenga en cuenta que no podemos brindar asesoramiento legal específico.

IEHP ha declarado públicamente que no apoyamos el intercambio de información de salud con las autoridades de inmigración. Estamos trabajando con las agencias estatales y los socios de la comunidad para defender la privacidad de los miembros y la transparencia. Nuestra principal prioridad sigue siendo ayudar a los miembros a sentirse seguros al acceder a la atención que necesitan.

Elegibilidad de los miembros y uso de los beneficios

No. Los miembros, incluidos aquellos con UIS, que están inscritos actualmente en Medi-Cal pueden continuar utilizando sus beneficios si siguen siendo elegibles y realizan su renovación.

No. El uso de los servicios de salud, incluida la atención física, del comportamiento o preventiva, no afecta el estatus migratorio ni el caso de inmigración de un miembro. Estos servicios están a su disposición para su salud y bienestar. Usted puede acceder con seguridad a la atención que necesita.

Es importante no posponer ninguna necesidad de atención médica. Si le preocupa su seguridad, existen opciones para consultar a un médico o enfermero por teléfono. Comuníquese con Servicio para Miembros para obtener más información.

 

Estas son algunas opciones de atención a distancia:

  • Muchos proveedores ofrecen consultas de telesalud (por teléfono o video).
  • Los medicamentos recetados se pueden enviar por correo sin costo adicional.
  • Puede llamar a la Línea de Consejos de Enfermería las 24 Horas de IEHP al 1-888-244-4347 (TTY: 711) para obtener asesoría médica y ayuda para decidir los siguientes pasos.
  • Puede marcar al 211 para obtener recursos locales, incluidos alimentos, vivienda, apoyo para la salud mental, asistencia financiera y más. El servicio se ofrece en varios idiomas y es confidencial.
  • Para la Línea 988 de Prevención del Suicidio y Crisis: marque al 988 (disponible las 24 horas, los 7 días de la semana).
  • Para la Línea de ayuda nacional de la Administración de Servicios de Salud Mental y Abuso de Sustancias (Substance Abuse and Mental Health Services Administration, SAMHSA): 1-800-662-HELP (4357) o TTY 1-800-487-4889. Encuentre ayuda confidencial y gratuita en inglés y español, las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

Sus opciones:

  • Mantenga su información de contacto actualizada para no perder notificaciones importantes.
  • Revise su correo y responda a los paquetes de renovación o cartas de su plan de salud o de la oficina local del condado.
  • Conozca su fecha de renovación para que pueda renovar su Medi-Cal en línea o en la oficina local de Medi-Cal de su condado si no recibe notificaciones.
  • Siga acudiendo al médico y a otras citas médicas.
  • Visite https://www.dhcs.ca.gov/ y siga sus canales de redes sociales para conocer las actualizaciones.

Cambios presupuestarios: Novedades

A partir del 1.º de enero de 2026:

A partir del 1.º de enero de 2026, los adultos (mayores de 19 años) con estatus migratorio insatisfactorio (UIS) ya no podrán inscribirse por primera vez en Medi-Cal con cobertura completa. Sin embargo:

  • Los afiliados actuales pueden mantener su cobertura si realizan su renovación a tiempo.
  • Si los afiliados actuales pierden su cobertura, es posible que no puedan volver a inscribirse, excepto para los servicios de emergencia o relacionados con el embarazo.

A los adultos mayores de 19 años con UIS, incluidos, entre otros:

  • Los titulares de tarjeta verde que no están exentos del periodo de espera de cinco años y que llevan menos de cinco años con el estatus de residentes permanentes.
  • Personas que residen permanentemente a discreción gubernamental (Permanently Residing Under Color of Law, PRUCOL) (p. ej., personas con estatus de protección temporal, estatus de refugiado, acción diferida).
  • Personas sin estatus migratorio, pero que actualmente cumplen los requisitos de las extensiones anteriores de Medi-Cal.
  • Personas inscritas a través de un programa de asistencia a víctimas de tráfico o delitos.
  • Inmigrantes que se encuentran legalmente en el país, mayores de 20 años y que no están embarazadas.

No. Los niños (menores de 19 años) y las personas embarazadas pueden seguir inscribiéndose en Medi-Cal con cobertura completa, independientemente de su estatus migratorio.

Sí. Para los miembros mayores de 65 años o con discapacidades, se volverán a aplicar los límites de activos durante las revisiones de elegibilidad y las renovaciones anuales.

  • El límite de activos es de $130,000 para una persona (más $65,000 por cada miembro adicional del hogar, hasta un máximo de 10 miembros por hogar).
  • Algunos activos no se toman en cuenta, como la vivienda en la que vive, un vehículo, los artículos del hogar y ciertos ahorros, como las cuentas de jubilación.
Vigencia: 1.º de julio de 2026:

Sí. Los miembros adultos (mayores de 19 años) con UIS ya no recibirán cobertura dental completa. Sin embargo:

  • La atención dental de emergencia (dolor, infección, extracciones) seguirá estando cubierta.
  • Las miembros embarazadas seguirán recibiendo atención dental completa durante el embarazo y hasta un año después de que este termine.
Vigencia: 1.º de julio de 2027:

Sí. Ciertos miembros adultos de Medi-Cal con UIS (de 19 a 59 años) tendrán que pagar una prima mensual de $30 para mantener su cobertura completa de Medi-Cal. Están incluidos, entre otros:

  • Los titulares de tarjeta verde que no están exentos del periodo de espera de cinco años y que llevan menos de cinco años con el estatus de residentes permanentes.
  • Las personas PRUCOL (p. ej., con estatus de protección temporal o estatus de refugiado).
  • Personas sin estatus migratorio, pero que actualmente cumplen los requisitos de las extensiones anteriores de Medi-Cal.
  • Personas inscritas a través de un programa de asistencia a víctimas de tráfico o delitos.
  • Inmigrantes que se encuentran legalmente en el país, mayores de 20 años y que no están embarazadas.

 

Si no se pagan las primas, la cobertura se reducirá a los servicios de emergencia y de embarazo únicamente.

Preguntas otras y orientación

Puede cancelar su Medi-Cal en cualquier momento. Sin embargo, le recomendamos que primero hable con un asesor legal de confianza. Cancelar su cobertura puede dejarle sin atención médica, incluido el acceso a recetas médicas, el manejo de condiciones crónicas y la atención de emergencia.

 

Puede obtener ayuda legal gratuita y confidencial en:

Algunos proveedores de IEHP ofrecen servicios a domicilio, como visitas de enfermeros a domicilio o equipos de atención, pero usted siempre debe sentirse seguro e informado antes de que se programe cualquier visita. 

 

Si alguien se pone en contacto con usted de manera inesperada o le incomoda de alguna manera:

  • No le deje entrar a su casa.
  • No comparta información personal.
  • Llame a IEHP de inmediato para verificar si la persona es un proveedor o socio real de IEHP.